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	<title>IRPH archivos - Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</title>
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	<description>Abogados Derecho Bancario en Ciudad Real</description>
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	<title>IRPH archivos - Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</title>
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		<title>El Tribunal Europeo declara que las hipotecas vinculadas al IRPH pueden ser abusivas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Abogados Muñoz]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 Mar 2020 10:05:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Reproducimos una noticia publicada en La Sexta Noticias sobre la declaración del Tribunal Europeo sobre la hipotecas vinculadas al IRPH.  Artículo escrito por Alfonso Pérez Medina y publicado en el la web de La Sexta Noticias.  &#160; La Justicia Europea determina que la cláusula que incorpora el IRPH puede ser sometida a control de abusividad.</p>
<p>La entrada <a href="https://abogadosmunoz.com/noticias/el-tribunal-europeo-declara-que-las-hipotecas-vinculadas-al-irph-pueden-ser-abusivas/">El Tribunal Europeo declara que las hipotecas vinculadas al IRPH pueden ser abusivas</a> se publicó primero en <a href="https://abogadosmunoz.com">Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><em>Reproducimos una noticia publicada en La Sexta Noticias sobre la declaración del Tribunal Europeo sobre la hipotecas vinculadas al IRPH. </em></p>
<p><strong>Artículo escrito por Alfonso Pérez Medina y publicado en el la <a href="https://www.lasexta.com/noticias/economia/tribunal-europeo-declara-abusivas-hipotecas-vinculadas-irph_202003035e5e11800cf2330038f0736e.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">web de La Sexta Noticias</a>. </strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La Justicia Europea determina que la cláusula que incorpora el IRPH puede ser sometida a control de abusividad. Serán los tribunales españoles quienes tendrán que comprobar caso por caso si las cláusulas son «de carácter claro y comprensible» para el «consumidor medio».</p>
<p>El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha pronunciado este martes sobre la validez de las <b>hipotecas vinculadas al IRPH</b> o Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, abriendo la puerta a que estas sean consideradas <b>abusivas</b>. Un veredicto que <b>podría costarle a la banca española hasta 44.000 millones</b> de euros, aunque serán los tribunales nacionales quienes deban decidir caso por caso.</p>
<p>En concreto, la Sala considera que la cláusula de un contrato de préstamo hipotecario por la que el tipo de interés varía en función del índice de referencia (en este caso, el IRPH), está comprendido en el ámbito de aplicación de la Directiva Europea sobre cláusulas abusivas, ya que tal cláusula «<b>no refleja disposiciones legales o reglamentarias de carácter imperativo</b>«.</p>
<p>Por ello, el Tribunal Europeo determina que <b>los tribunales españoles deberán comprobar que las cláusulas de esas características son «de carácter claro y comprensible»</b>. En el caso de que las encuentren abusivas, podrán ser sustituidas «por un índice legal aplicable de manera supletoria, para proteger a los consumidores».</p>
<div id="sc_intxt_container">
<div>
<div id="sc_ava_companion" class="sc_intxt_hided">En este sentido, precisa el Tribunal que las cláusulas no solo han de ser comprensibles en el plano formal y gramatical, sino que deben «<b>permitir que el consumidor medio,</b> normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz,<b> esté en condiciones de comprender el </b><b>funcionamiento</b> concreto del modo de cálculo del referido tipo de interés» para poder valorar las consecuencias económicas de las mismas.</div>
</div>
</div>
<p>El Tribunal de Luxemburgo adopta esta decisión ante la <b>cuestión prejudicial planteada por el juez Francisco González de Audicana</b> sobre la validez de este índice, que ha mantenido <b>en vilo a consumidores</b> y entidades bancarias durante meses. Ya en septiembre, el <b>Abogado General Maciej Szpunar</b> se pronunció a favor de anular estas hipotecas cuando fueran abusivas.</p>
<p>En 2017, sin embargo, el Tribunal Supremo había avalado la legalidad de estas hipotecas con IRPH. El fallo dictaminado este martes por el TJUE ahora <b>obligará al Alto Tribunal a revisar todos los casos</b> uno por uno.</p>
<h2>¿Qué es el IRPH y por qué es tan polémico?</h2>
<p>El <b>Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios</b> es un índice oficial que elabora mensualmente el Banco de España. Es conocido por ser el tipo medio que <b>se aplica a los préstamos hipotecarios a más de tres años</b> para adquisición de vivienda libre concedidos por las entidades de crédito en nuestro país. Se trata de<b> la segunda referencia más utilizada, por detrás del euríbor</b>.</p>
<p>La <b>polémica por su uso</b> como índice principal se desencadenó entre 2013 y 2016, cuando se estabilizó en valores cercanos al 2%. En la práctica, esto <b>dejaba a los clientes con IRPH en una situación de desigualdad</b> respecto a los hipotecados con euríbor, cuyas cuotas se fueron reduciendo de forma considerable por la caída progresiva de su índice de referencia.</p>
<p>Los consumidores comenzaron a solicitar entonces al Banco de España la nulidad del IRPH por <b>considerarlo «abusivo» </b>y acabaron llevando su causa a la Justicia. Sin embargo, el <b>Supremo avaló el IRPH</b> en noviembre de 2017, al considerar que la mera referencia de una hipoteca a un índice oficial no implica falta de transparencia ni abuso alguno.</p>
<p>No obstante, <b>un juzgado barcelonés llevó la cuestión a Luxemburgo</b>. El pasado septiembre, <b>el Abogado General Szpunar ya se pronunció a favor</b> de que los jueces pudieran controlar si el IRPH es abusivo.</p>
<p>Descartaba que el mero hecho de ser un índice oficial diera garantías de transparencia y alertaba de que el cálculo del este índice es «<b>complejo y poco transparente para un consumidor medio</b>«, por lo que las entidades deberían dotar de información «suficiente» sobre el método seguido y mencionar la evolución del IRPH en el pasado.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><iframe title="¿Qué es el IRPH?" width="1120" height="630" src="https://www.youtube.com/embed/ButK-qfiFe8?feature=oembed&#038;enablejsapi=1&#038;origin=https://abogadosmunoz.com" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture" allowfullscreen></iframe></p>
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		<title>Cómo prepararse para la inminente sentencia del IRPH</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Abogados Muñoz]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 19 Feb 2020 08:46:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Reproducimos un artículo publicado en el Diario La Razón que hace referencia a la inminente sentencia sobre el IRPH que estamos a punto de conocer. Si se anula este índice, los afectados y afectadas podrían recuperar todo lo pagado en intereses hasta el momento y se les aplicaría un tipo del 0% a partir del</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><em>Reproducimos un artículo publicado en el Diario La Razón que hace referencia a la inminente sentencia sobre el IRPH que estamos a punto de conocer. Si se anula este índice, los afectados y afectadas podrían recuperar todo lo pagado en intereses hasta el momento y se les aplicaría un tipo del 0% a partir del momento de la sentencia. La fecha estimada es el 3 de marzo. </em></p>
<p><strong>Artículo escrito por Blanca Capitán en <a href="https://www.larazon.es/economia/20200215/l7lkibn7pnep3duksr6kgaoqke.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">La Razón el 15/02/2020</a>. </strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><b>¿Reclamar o no reclamar?</b> Esa es la cuestión para los <b>1,3 millones de afectados</b> por las hipotecas asociadas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), que esperan la llegada del <b>próximo 3 de marzo.</b> El día “clave” en el que el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictará la sentencia entorno al IRPH. El abogado general del TJUE, Maciej Szpunar ha dictaminado la<b> nulidad de los contratos hipotecarios</b> referenciados al índice, si no se cumplen con los mínimos de transparencia, y ha subrayado que las cláusulas de estas hipotecas pueden considerarse “abusivas”.</p>
<p class="font--primary body-components__text">Este índice, elaborado por el Banco de España y el segundo más utilizado después del euríbor en las hipotecas variables, ha resultado, hasta ahora, más beneficioso para las entidades bancarias y más costoso para los usuarios, hasta el punto de que <b>un ciudadano puede llegar a pagar hasta 2.000 euros más</b> al año con este tipo de interés, según la plataforma iAhorro. En este contexto, conviene que los usuarios contemplen los posibles escenarios y así carguen balas para la sentencia que dictamine el TJUE.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3 class="font--primary body-components__text">Estudiar la escritura</h3>
<p class="font--primary body-components__text">Antes de tomar la decisión sobre la reclamación del IRPH conviene contar con la asistencia de un abogado, dado que “cualquier particular podrá reclamar el índice, pero resulta más complicado cuando el afectado es un autónomo o un empresario”, según explica la plataforma iAhorro. Esto se debe a que el control de transparencia es una medida de protección a los consumidores y usuarios, por lo que este tipo de usuarios quedan fuera de su campo de aplicación.</p>
<h3 class="font--primary body-components__text">¿Demandar o no?</h3>
<p class="font--primary body-components__text">En el caso de que el afectado recurra a la opción de la demanda. Será fundamental contar con toda la documentación acerca del préstamo y de las cuotas abonadas, así como de la tabla de amortización y la documentación promocional que entregara, en su momento, el banco a modo de oferta.</p>
<h3 class="font--primary body-components__text">Si se anula toda la cláusula del interés</h3>
<p class="font--primary body-components__text">En este caso, los afectados recuperarían todo lo pagado en intereses hasta ahora y se les pasaría a aplicar un tipo del 0%<b>.</b></p>
<h3 class="font--primary body-components__text">Si se suprime solo el índice y se aplica el diferencial</h3>
<p class="font--primary body-components__text">Se pagarían unas cuotas más baratas y se recalcularía lo abonado hasta ahora para determinar cuánto se devolvería.</p>
<h3 class="font--primary body-components__text">Si cambia la referencia por el euríbor</h3>
<p class="font--primary body-components__text">Manteniendo el diferencial, las mensualidades también serían más baratas (aunque menos que en los casos anteriores) y se harían los cálculos correspondientes para determinar cuánto tendría que reembolsar el banco a los afectados.</p>
<h2 class="subheadline | font--primary subheadLine"></h2>
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		<item>
		<title>La sentencia europea sobre el IRPH se publicará el 3 de marzo</title>
		<link>https://abogadosmunoz.com/noticias/la-sentencia-europea-sobre-el-irph-se-publicara-el-3-de-marzo/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Abogados Muñoz]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 10 Feb 2020 11:03:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[fallo Unión Europea]]></category>
		<category><![CDATA[índice hipotecario]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Reproducimos un artículo publicado en el Diario Expansión  que trae una de las noticias más esperadas para nuestro sector. El próximo 3 de marzo será un día clave porque se publicará la sentencia europea sobre el IRPH. Dicho fallo acabará con meses de incertidumbre sobre la legalidad de este índice hipotecario.  Artículo escrito por R.Lander</p>
<p>La entrada <a href="https://abogadosmunoz.com/noticias/la-sentencia-europea-sobre-el-irph-se-publicara-el-3-de-marzo/">La sentencia europea sobre el IRPH se publicará el 3 de marzo</a> se publicó primero en <a href="https://abogadosmunoz.com">Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><em>Reproducimos un artículo publicado en el Diario Expansión  que trae una de las noticias más esperadas para nuestro sector. El próximo 3 de marzo será un día clave porque se publicará la sentencia europea sobre el IRPH. Dicho fallo acabará con meses de incertidumbre sobre la legalidad de este índice hipotecario. </em></p>
<p><strong>Artículo escrito por R.Lander en <a href="https://www.expansion.com/empresas/banca/2020/02/07/5e3db20ee5fdea60718b45d0.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Diario Expansión el 7 de febrero</a>. </strong></p>
<p>El próximo 3 de marzo, el Tribunal de Justicia de la UE despejará las dudas sobre cómo deben actuar los juzgados españoles con las hipotecas referenciadas al IRPH, un índice oficial pero que algunos consumidores consideran abusivo.</p>
<p>El abogado general, una figura que emite un dictamen independiente, no fue taxativo cuando en septiembre emitió su opinión al respecto. Si bien fue muy claro en señalar que el IRPH no podía considerarse ni nulo ni abusivo, puso de relieve que la fórmula de cálculo es «compleja y poco transparente». Y propuso dejar a los jueces españoles el análisis, caso por caso, de si el banco cumplió con unos requisitos mínimos de información debida al consumidor.</p>
<p>La banca confía en que el fallo sea favorable a sus intereses. Se calcula que hay un millón y medio de hipotecas referenciadas a este índice.</p>
<p>El banco más expuesto es CaixaBank, con una cartera viva afectada de 6.700 millones. El segundo es Santander, con 4.300 millones. Entre los grandes, el único que no comercializó este tipo de préstamos es Bankinter.</p>
<p>Ninguna entidad tiene provisionado este riesgo porque lo consideran remoto. Las estimaciones de los bancos de inversión sobre potenciales dotaciones son muy dispares. JPMorgan habla de 780 millones anuales durante los próximos cuatro años en caso de una condena severa y con 20 años de retroactividad.</p>
<p>La entrada <a href="https://abogadosmunoz.com/noticias/la-sentencia-europea-sobre-el-irph-se-publicara-el-3-de-marzo/">La sentencia europea sobre el IRPH se publicará el 3 de marzo</a> se publicó primero en <a href="https://abogadosmunoz.com">Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</a>.</p>
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		<item>
		<title>Javier Orduña: «Habrá una avalancha de reclamaciones por el IRPH y puede colapsar los tribunales»</title>
		<link>https://abogadosmunoz.com/noticias/javier-orduna-habra-una-avalancha-de-reclamaciones-por-el-irph-y-puede-colapsar-los-tribunales/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Abogados Muñoz]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Dec 2019 10:37:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho Civil]]></category>
		<category><![CDATA[Francisco Javier Orduña]]></category>
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		<category><![CDATA[sentencia Tribunal Supremo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Reproducimos una entrevista realizada a Francisco Javier Orduña, exmagistrado del Tribunal Supremo, publicada en el Diario Las Provincias en la que alude a la previsible avalancha de reclamaciones por IRPH. Artículo escrito por Elisabeth Rodríguez y publicado el 3/11/2019 en Las Provincias. &#160; El ex magistrado de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo</p>
<p>La entrada <a href="https://abogadosmunoz.com/noticias/javier-orduna-habra-una-avalancha-de-reclamaciones-por-el-irph-y-puede-colapsar-los-tribunales/">Javier Orduña: «Habrá una avalancha de reclamaciones por el IRPH y puede colapsar los tribunales»</a> se publicó primero en <a href="https://abogadosmunoz.com">Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><em>Reproducimos una entrevista realizada a Francisco Javier Orduña, exmagistrado del Tribunal Supremo, publicada en el Diario Las Provincias en la que alude a la previsible avalancha de reclamaciones por IRPH.</em></p>
<p><strong>Artículo escrito por Elisabeth Rodríguez y <a href="https://www.lasprovincias.es/economia/javier-orduna-avalancha-20191104235850-ntvo.html#vca=fixed-btn&amp;vso=rrss&amp;vmc=wh&amp;vli=Econom%C3%ADa" target="_blank" rel="noopener noreferrer">publicado el 3/11/2019 en Las Provincias</a>.</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El ex magistrado de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo y catedrático de Derecho Civil de la Universitat de València, Francisco Javier Orduña, vaticina una avalancha de reclamaciones por la aplicación del índice hipotecario IRPH. El valenciano, que fue precursor de la sentencia contra la cláusula suelo, emitió un voto particular en 2017 cuestionando este mecanismo de referencia. A raíz de eso, el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) cuestiona este índice y deberá resolverse en breve.</p>
<p><strong>-¿Por qué consideró que el IRPH era opaco frente a lo que pensaba la mayoría de los magistrados?</strong></p>
<p>-El hecho de que el IRPH realmente fuera un índice aprobado no implica que quedase excluido del control de transparencia. Una cosa es que un índice venga autorizado administrativamente y otra es que ese propio índice sea susceptible, por su complejidad, de tener que ser explicado al cliente; ahí es donde la entidad tiene ese deber de explicar el funcionamiento de ese índice y sus consecuencias porque si no, el cliente no puede tener una visión clara al faltarle información. Ahora tenemos que esperar la sentencia del TJUE.</p>
<p>&nbsp;</p>
<div class="voc-detail-summary">
<p style="text-align: center;">LAS CLAVES «Las entidades deben ofrecer al cliente una práctica sencilla, comprensible y accesible» «Hace falta una nueva regulación con la transparencia como valor fundamental» «Los jueces son independientes, aunque luego sean menos o más acertados en las sentencias» «El vencimiento anticipado mantiene los efectos de la cláusula abusiva porque sigue con la ejecución»</p>
<p>&nbsp;</p>
</div>
<p><strong>-¿Para cuándo se espera esa sentencia? ¿Cree que el fallo respaldará al abogado general?</strong></p>
<p>-Hay que ser respetuoso con los tiempos. La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE se espera para enero o febrero del 2020. En mi opinión, entiendo que va a seguir esa postura de transparencia y luego los parámetros a exigir se moverán en los parámetros de la Comisión Europea, que son mucho más estrictos y rigurosos. Se moverá en estos dos planteamientos, con el matiz de un enfoque más estricto o bien más flexible como plantea el abogado. Lo que es seguro es que va a haber una avalancha de reclamaciones judiciales y eso podría colapsar los tribunales. En este sentido me gustaría recordar que siempre son positivos los mecanismos de mediación, porque si no la judicialización de estos temas colapsará los tribunales de justicia. Es decir, que las entidades financieras y clientes puedan acceder a mecanismos de mediación y transacción porque la justicia española ya está desbordada de por sí.</p>
<p><strong>-¿Qué opinión le merece el fallo sobre el vencimiento anticipado que abre la puerta a resucitar ejecuciones hipotecarias sobreseidas?</strong></p>
<p>-Debe ser objeto de crítica, ya que traspasa una línea roja de la propia directiva europea. El Tribunal Supremo entiende que cuando se declara nulo un contrato hipotecario porque existe una cláusula abusiva, cree que es mejor continuar con el procedimiento de ejecución hipotecaria sin consultarlo al deudor. Sin embargo, lo que se desprende de la norma comunitaria es que el deudor tiene derecho de decidir si quiere la nulidad. El juez nacional no puede decidir cuál es el interés del consumidor, aunque crea saber qué es lo que más le beneficia. Esto es absurdo porque es como volver al despotismo ilustrado, todo para el pueblo pero sin el pueblo. Paradójicamente, con esta sentencia se mantienen los efectos de la cláusula abusiva porque la cláusula permitía la ejecución hipotecaria y al final la solución que se le da al consumidor es continuar con la ejecución hipotecaria.</p>
<p><strong>-Usted insiste mucho en la necesidad de transparencia en general, pero en concreto por parte de las entidades bancarias.</strong></p>
<p>-Si está habiendo una pérdida de confianza de cara a los bancos, el mejor camino para recuperarla es la transparencia. Las entidades deben ofrecer al cliente una práctica sencilla, comprensible y accesible. Este factor supone un valor de reputación social pero también supone un acuerdo de buena gobernanza. Las entidades financieras deben ser líderes en transparencia.</p>
<p><strong>-¿Considera que los poderes públicos deben legislar para conseguir esa transparencia?</strong></p>
<p>-Sí, debe legislarse. Tenemos una legislación obsoleta respecto a la transparencia. Lo más avanzado que nos llega es de la legislación europea, no de la nuestra propia. La ley de contrato de seguro, que fue la primera ley de contratos general es de 1980, la de protección de consumidores es de 1984 y así podríamos seguir hablando de muchas otras. Hace falta nueva regulación con altura de miras que contemple la transparencia como valor fundamental. Esto permite proteger al consumidor y favorecer la competencia.</p>
<p><strong>-¿Hasta qué punto están politizados los tribunales?</strong></p>
<p>-Yo creo que no está politizado en general. Desde Montesquieu que haya unos ciertos vasos comunicantes entre los distintos poderes es una necesidad, la cuestión está en el nivel de dependencia. Yo la experiencia que he tenido es que fundamentalmente los jueces son muy independientes, aunque luego sean menos o más acertados. Dicho esto, es obvio también que como seres humanos no son ajenos a las presiones sociales.</p>
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		<title>Ya se pueden reclamar las cláusulas abusivas aunque se haya pagado la hipoteca</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Abogados Muñoz]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Dec 2019 10:24:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[cláusula suelo]]></category>
		<category><![CDATA[cláusulas bancarias abusivas]]></category>
		<category><![CDATA[hipotecas]]></category>
		<category><![CDATA[hipotecas IRPH]]></category>
		<category><![CDATA[hipotecas multidivisa]]></category>
		<category><![CDATA[interés variable referenciado a IRPH]]></category>
		<category><![CDATA[IRPH]]></category>
		<category><![CDATA[préstamo hipotecario]]></category>
		<category><![CDATA[reclamación de hipotecas]]></category>
		<category><![CDATA[reclamaciones a la banca]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunal Supremo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Reproducimos un artículo publicado en el Diario La Razón que alude a la sentencia del Tribunal Supremo que determina que aunque haya concluido el contrato hipotecario, los afectados y afectadas por las cláusulas abusivas pueden reclamar, declarar nulo el contrato y recuperar las cantidades cobradas indebidamente.  Artículo escrito por Javier De Antonio y publicado en</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><em>Reproducimos un artículo publicado en el Diario La Razón que alude a la sentencia del Tribunal Supremo que determina que aunque haya concluido el contrato hipotecario, los afectados y afectadas por las cláusulas abusivas pueden reclamar, declarar nulo el contrato y recuperar las cantidades cobradas indebidamente. </em></p>
<p><strong>Artículo escrito por Javier De Antonio y <a href="https://www.larazon.es/economia/20191219/yj4ntwcjnnfktml34yvhxozd3a.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">publicado en La Razón el 19/12/2019</a>. </strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p class="subheadline | font--primary subheadLine">El Tribunal Supremo sentencia que la extinción del contrato del préstamo hipotecario no priva de obtener la declaración de nulidad y reclamar el dinero correspondiente.</p>
<p><b>“La extinción de un préstamo no impide que el prestatario reclame el importe indebidamente cobrado por la cláusula suelo correspondiente</b>”, declarada ya abusiva en otras sentencias. Así de contundente se mostró el <b>Tribunal Supremo </b>en una resolución que abre la puerta a miles de demandas de hipotecados que hasta ahora no podían aspirar a recuperar este dinero. Así lo considera el alto tribunal tras dar validez al recurso extraordinario presentado por unos clientes de la Caja Rural de Extremadura y que había sido desestimado en instancias anteriores. En su resolución, se estima que “la extinción del contrato de préstamo hipotecario no priva a quienes fueron prestatarios de ejercitar la acción dirigida a obtener la declaración de nulidad de la cláusula suelo, por ser abusiva, y la restitución de lo indebidamente pagado en aplicación de dicha cláusula”.</p>
<p class="font--primary body-components__text">Los titulares del préstamo suscribieron en 2007 un crédito hipotecario de 90.000 euros a devolver en treinta años. En el contrato se incluía una cláusula suelo mínima del 4,5%, que los clientes pidieron a la entidad financiera que retirara después de que el Supremo declarara abusivas este tipo de cláusulas ya en 2013. Pero su solicitud fue desechada hasta ahora. La entidad que concedió el crédito negó la validez de la demanda presentada, y la Audiencia Provincial de Badajoz le dio la razón en primera instancia al estimar que el préstamo se había extinguido y que las condiciones del mismo fueron negociadas de mutuo acuerdo por ambas partes. Sin embargo, el Supremo ha considerado que no procede esta resolución porque <b>“no existe fundamento legal para afirmar que la consumación de un contrato impida el ejercicio de la acción de nulidad”</b>, y se remite al artículo del Código Civil que recoge que “el término inicial del ejercicio de la acción de nulidad para los casos de error, dolo o falsedad de la causa coincide con el momento de extinción de contrato”.</p>
<p class="font--primary body-components__text">Gracias a esta sentencia, que sienta jurisprudencia, cualquier afectado por cláusulas abusivas -ya sea suelo, multidivisa, IRPH&#8230;- pueden reclamar y recuperar el dinero pagado de más aunque hayan vendido la casa, la hayan perdido en una ejecución hipotecaria o hayan terminado su relación contractual con la entidad bancaria con la que suscribieron el préstamo.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>IRPH: la banca intensifica su actividad para cerrar acuerdos con los afectados</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Abogados Muñoz]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 27 Nov 2019 12:00:21 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[Abogado General de la UE]]></category>
		<category><![CDATA[Cláusulas abusivas]]></category>
		<category><![CDATA[cláusulas bancarias abusivas]]></category>
		<category><![CDATA[hipoteca]]></category>
		<category><![CDATA[IRPH]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Reproducimos un artículo del Diario 16 que hace alusión a la actividad más intensa que se está detectando en algunas entidades bancarias que ven más cercano el dictamen del Abogado General de la Unión Europea. Algunas entidades intentan cerrar acuerdos con los afectados a cambio de que retiren sus recursos ante el Supremo.  Artículo escrito</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><em>Reproducimos un artículo del Diario 16 que hace alusión a la actividad más intensa que se está detectando en algunas entidades bancarias que ven más cercano el dictamen del Abogado General de la Unión Europea. Algunas entidades intentan cerrar acuerdos con los afectados a cambio de que retiren sus recursos ante el Supremo. </em></p>
<p><strong><em>Artículo escrito por José Antonio Gómez y publicado por Diario 16 el 31/10/2019. </em></strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Era de esperar. La banca parecía muy tranquila pero, en realidad, no es así y están intensificando el número de ofertas a los afectados para alcanzar algún tipo de acuerdo para eliminar el IRPH y devolver una cantidad de dinero a cambio de que retiren sus recursos en el Supremo, ya que, hay entidades que temen que si se determina la nulidad del mismo la decisión del Alto Tribunal establezca jurisprudencia.</p>
<p>El dictamen del Abogado General de la UE ha hecho saltar las alarmas y las entidades con hipotecas referenciadas a IRPH y ven muy cerca que el escenario planteado por Goldman Sachs, por el que la banca española tendría que pagar a los afectados una cantidad de 40.000 millones de euros. Por tanto, la tranquilidad que aparentemente tenían al respecto se ha convertido en verdadero pavor.</p>
<p>Los acuerdos planteados a los afectados suelen traducirse en la sustitución del IRPH por Euribor y la devolución de una cantidad económica que oscila entre 12.000 euros y los 24.000 en los que Diario16 ha podido conocer.</p>
<div class="td-a-rec td-a-rec-id-content_inline  "></div>
<p>Lo que queda claro es que la banca, tras el informe del Abogado General, ya no está tan segura de la legalidad del IRPH y que una sentencia favorable a los afectados provoque que se tengan que revisar todas las hipotecas referenciadas a este índice que ha sido calificado como abusivo y poco transparente por la Comisión Europea.</p>
<p>Las condiciones de estos acuerdos, eso sí, son muy inferiores a lo que los afectados pueden cobrar si se declara definitivamente la nulidad del IRPH y la retroactividad. Sin embargo, en Diario16 ya publicamos los testimonios de las víctimas de este índice abusivo y las situaciones que están viviendo estas personas hacen perfectamente comprensible que muchos de estos acuerdos propuestos por la banca hayan sido firmados y aceptados por los afectados.</p>
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		<title>El IRPH es nulo aunque sea considerado transparente</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Abogados Muñoz]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 13 Nov 2019 09:19:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[Cláusulas abusivas]]></category>
		<category><![CDATA[cláusulas hipoteca]]></category>
		<category><![CDATA[IRPH]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia TJUE]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Reproducimos un artículo de Diario16 que hace alusión a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la nulidad del IRPH. El punto clave de la sentencia es que el IRPH puede ser declarado nulo incluso si el tribunal encargado de juzgar el caso considera que dicho producto financiero fue ofertado</p>
<p>La entrada <a href="https://abogadosmunoz.com/noticias/el-irph-es-nulo-aunque-sea-considerado-transparente/">El IRPH es nulo aunque sea considerado transparente</a> se publicó primero en <a href="https://abogadosmunoz.com">Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><em>Reproducimos un artículo de Diario16 que hace alusión a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la nulidad del IRPH. El punto clave de la sentencia es que el IRPH puede ser declarado nulo incluso si el tribunal encargado de juzgar el caso considera que dicho producto financiero fue ofertado por el banco aportando toda la información necesaria como su definición o evolución frente al Euribor. </em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>Artículo de Diario16 escrito por José Antonio Gómez el 14/10/2019. </em></strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La sentencia del TJUE del IRPH puede declararlo nulo incluso si el tribunal considerara que fue ofertado con toda la información: definición, evolución respecto al Euribor, etc. Para los abogados que están defendiendo a los afectados por este índice abusivo, Maite Ortiz y José María Erauskin, este punto es fundamental.</p>
<p>Esta es una reivindicación histórica de los afectados, puesto que el IRPH, además de ser perjudicial para el consumidor, es un índice manipulable por la banca. Y que la banca pueda influir en el tipo de interés (y el consumidor no) supone un desequilibrio que hace que la cláusula sea nula debido a su contenido.</p>
<p>Esto es un aspecto que el informe del Abogado General de la UE destacó:</p>
<div class="td-a-rec td-a-rec-id-content_inline "></div>
<p>«Es preciso considerar que, en caso de que el órgano jurisdiccional remitente llegara a la conclusión de que la exigencia (…) de transparencia ha sido respetada (…), ello no implicaría la exención del deber de someter (…) la cláusula controvertida a un examen referido a su eventual carácter abusivo en cuanto al fondo, habida cuenta de la posible existencia de un desequilibrio importante (…) en detrimento del consumidor. (…) El órgano jurisdiccional remitente debería verificar, en particular, si, como se desprende de la resolución de remisión, las entidades bancarias podían realmente influir o no en el IRPH Cajas. Me remito, en particular, a las explicaciones relativas al funcionamiento del IRPH Cajas facilitadas por el órgano jurisdiccional remitente. (…) Esta cuestión sobrepasa el objeto de la presente petición de decisión prejudicial, por lo que no ahondaré más en la misma»<em>.</em></p>
<p>Por tanto, el Abogado General afirma que el IRPH es un índice con un método de cálculo muy poco robusto y cuyas carencias siempre favorecen, casualmente, a los intereses de la banca, algo que han denunciado en repetidas ocasiones Ortiz y Erauskin.</p>
<p>Hay que recordar que la Justicia europea volvió a dar un duro golpe a las cláusulas abusivas de la banca española. Mientras que los tribunales españoles determinaron que el IRPH no era un índice abusivo; mientras que la Abogacía del Estado afirmó que no era necesario informar de los demás elementos ni informar sobre cómo podría evolucionar en el futuro ni explicar de manera clara y comprensible su evolución en relación con el Euribor; mientras que la banca defendió que era el IRPH era un índice transparente, la Comisión Europea afirmó en su informe que se trata de una cláusula abusiva.</p>
<p>El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) afirmó en su informe el dudoso sistema de cálculo del IRPH por «ser compleja y poco transperente» para un consumidor medio. Esta valoración por parte del Abogado General abre la puerta a la anulación de las hipotecas con IRPH, a su regulación por Euribor y a la devolución del dinero cobrado de más por la banca española que, según Goldman Sachs, podría alcanzar la cifra de 44.000 millones de euros. Para hacernos a la idea de la importancia de esta resolución, las cláusulas suelo supusieron 4.000 millones o la devolución del impuesto del impuesto de Actos Jurídicos Documentados podrían haber supuesto 5.000 millones si el Tribunal Supremo no hubiera cedido a las presiones del poder financiero.</p>
<p>Según Almudena Vázquez, abogada experta en derecho bancario del portal reclamador.es, «el Abogado General de la UE mantiene la posición planteada en la vista oral celebrada el pasado mes de febrero y defiende la protección de los consumidores frente a las entidades bancarias. Se trata de una <strong>noticia muy positiva para los afectados</strong> por este índice de referencia en las hipotecas, pues es habitual que los magistrados que posteriormente dictan sentencia, sigan la línea de las conclusiones del Abogado General, especialmente si ese informe favorece la protección de los consumidores. No debemos olvidar que, según los datos de los que disponemos, la reclamación por IRPH asciende, de media, a 20.000€. Recibimos este informe como un gran paso en la defensa de los derechos de los afectados por IRPH».</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La entrada <a href="https://abogadosmunoz.com/noticias/el-irph-es-nulo-aunque-sea-considerado-transparente/">El IRPH es nulo aunque sea considerado transparente</a> se publicó primero en <a href="https://abogadosmunoz.com">Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</a>.</p>
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		<title>IRPH. Respuestas obligadas a esta cláusula abusiva</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Abogados Muñoz]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 18 Oct 2019 11:31:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[Cláusulas abusivas]]></category>
		<category><![CDATA[hipotecas IRPH]]></category>
		<category><![CDATA[interés variable referenciado a IRPH]]></category>
		<category><![CDATA[IRPH]]></category>
		<category><![CDATA[préstamos hipotecarios]]></category>
		<category><![CDATA[reclamaciones a los bancos]]></category>
		<category><![CDATA[reclamaciones bancarias]]></category>
		<category><![CDATA[reclamaciones hipotecarias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Artículo de Antonio Muñoz En la provincia de Ciudad Real existen aproximadamente 12.000 hipotecas referenciadas al IRPH, aproximadamente un 20%de todos los préstamos hipotecarios formalizados en la provincia. Ante este escenario, desde el despacho Muñoz Abogados, nos vemos en la obligación de dar respuesta a todos los consumidores que han sido víctimas de este índice</p>
<p>La entrada <a href="https://abogadosmunoz.com/noticias/irph-respuestas-obligadas-a-esta-clausula-abusiva/">IRPH. Respuestas obligadas a esta cláusula abusiva</a> se publicó primero en <a href="https://abogadosmunoz.com">Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Artículo de Antonio Muñoz</p>
<p><strong>En la provincia de Ciudad Real existen aproximadamente 12.000 hipotecas referenciadas al IRPH</strong>, aproximadamente un 20%de todos los préstamos hipotecarios formalizados en la provincia.</p>
<p>Ante este escenario, <strong>desde el despacho Muñoz Abogados, nos vemos en la obligación de dar respuesta a todos los consumidores que han sido víctimas de este índice bancario</strong>, por una comercialización fraudulenta y engañosa por parte de la totalidad de entidades financieras, que imponían unilateralmente la aplicación de este índice en detrimento del Euribor, a sabiendas que es mucho más gravoso para los consumidores.</p>
<p>La primera pregunta que nos hacemos como consumidores es <strong>¿Cuánto dinero hemos pagado de mas como consecuencia del IRPH en comparación con el EURIBOR?</strong> Aproximadamente unos 18.000€ pagados de más en una hipoteca media de 150.000€ a 20 años.</p>
<p>La segunda, <strong>¿tengo IRPH en mi hipoteca?</strong>, si no sabes a ciencia cierta si tu hipoteca esta referenciada al IRPH, debes acudir al clausulado de la misma, en su cláusula 3ª bis se refleja el tipo de interés variable referenciado al IRPH, como “TIPO MEDIO DE LOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS A MAS DE TRES AÑOS”. Si es tu caso, eres un afectado por el IRPH.</p>
<p>¿Qué es el IRPH? Se trata de un índice alternativo al EURIBOR/MIBOR que se aplica a las hipotecas y se fabrica por las propias entidades financieras, de manera que son estas las que elaboran un indicador de costes hipotecarios, incluyendo todos los costes de la hipoteca -intereses, gastos y comisiones aplicados a las hipotecas por los propios bancos-, por lo que este índice siempre resulta superior al Euribor, por cuanto incluye gastos y comisiones que el Euribor no incorpora.</p>
<p>La tercera pregunta de obligada respuesta es <strong>¿Por qué el IRPH es abusivo?</strong> La respuesta nos la ofrecen varias instituciones europeas en sus recientes informes/conclusiones –La Comisión Europea y el Abogado general de Tribunal de Justicia de la Unión Europea- y varios magistrados del Tribunal Supremo en sus votos particulares: LA FALTA DE TRANSPARENCIA.</p>
<p>Al igual que con la Cláusula Suelo, en la comercialización de las hipotecas referenciadas al IRPH, los bancos no ofrecían ningún tipo de explicación de las consecuencias económicas de la aplicación de este índice, falta de transparencia o información suficiente que conlleva la abusividad de la cláusula IRPH.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="https://abogadosmunoz.com/wp-content/uploads/2019/10/0023-Muñoz-abogados.jpg"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="alignnone size-medium wp-image-2752" src="https://abogadosmunoz.com/wp-content/uploads/2019/10/0023-Muñoz-abogados-300x200.jpg" alt="" width="300" height="200" srcset="https://abogadosmunoz.com/wp-content/uploads/2019/10/0023-Muñoz-abogados-300x200.jpg 300w, https://abogadosmunoz.com/wp-content/uploads/2019/10/0023-Muñoz-abogados-768x513.jpg 768w, https://abogadosmunoz.com/wp-content/uploads/2019/10/0023-Muñoz-abogados.jpg 930w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /></a></p>
<p>La entrada <a href="https://abogadosmunoz.com/noticias/irph-respuestas-obligadas-a-esta-clausula-abusiva/">IRPH. Respuestas obligadas a esta cláusula abusiva</a> se publicó primero en <a href="https://abogadosmunoz.com">Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</a>.</p>
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