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	<title>hipotecas IRPH archivos - Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</title>
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	<description>Abogados Derecho Bancario en Ciudad Real</description>
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	<title>hipotecas IRPH archivos - Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</title>
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		<title>El Tribunal Europeo declara que las hipotecas vinculadas al IRPH pueden ser abusivas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Abogados Muñoz]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 Mar 2020 10:05:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Reproducimos una noticia publicada en La Sexta Noticias sobre la declaración del Tribunal Europeo sobre la hipotecas vinculadas al IRPH.  Artículo escrito por Alfonso Pérez Medina y publicado en el la web de La Sexta Noticias.  &#160; La Justicia Europea determina que la cláusula que incorpora el IRPH puede ser sometida a control de abusividad.</p>
<p>La entrada <a href="https://abogadosmunoz.com/noticias/el-tribunal-europeo-declara-que-las-hipotecas-vinculadas-al-irph-pueden-ser-abusivas/">El Tribunal Europeo declara que las hipotecas vinculadas al IRPH pueden ser abusivas</a> se publicó primero en <a href="https://abogadosmunoz.com">Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><em>Reproducimos una noticia publicada en La Sexta Noticias sobre la declaración del Tribunal Europeo sobre la hipotecas vinculadas al IRPH. </em></p>
<p><strong>Artículo escrito por Alfonso Pérez Medina y publicado en el la <a href="https://www.lasexta.com/noticias/economia/tribunal-europeo-declara-abusivas-hipotecas-vinculadas-irph_202003035e5e11800cf2330038f0736e.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">web de La Sexta Noticias</a>. </strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La Justicia Europea determina que la cláusula que incorpora el IRPH puede ser sometida a control de abusividad. Serán los tribunales españoles quienes tendrán que comprobar caso por caso si las cláusulas son «de carácter claro y comprensible» para el «consumidor medio».</p>
<p>El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha pronunciado este martes sobre la validez de las <b>hipotecas vinculadas al IRPH</b> o Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, abriendo la puerta a que estas sean consideradas <b>abusivas</b>. Un veredicto que <b>podría costarle a la banca española hasta 44.000 millones</b> de euros, aunque serán los tribunales nacionales quienes deban decidir caso por caso.</p>
<p>En concreto, la Sala considera que la cláusula de un contrato de préstamo hipotecario por la que el tipo de interés varía en función del índice de referencia (en este caso, el IRPH), está comprendido en el ámbito de aplicación de la Directiva Europea sobre cláusulas abusivas, ya que tal cláusula «<b>no refleja disposiciones legales o reglamentarias de carácter imperativo</b>«.</p>
<p>Por ello, el Tribunal Europeo determina que <b>los tribunales españoles deberán comprobar que las cláusulas de esas características son «de carácter claro y comprensible»</b>. En el caso de que las encuentren abusivas, podrán ser sustituidas «por un índice legal aplicable de manera supletoria, para proteger a los consumidores».</p>
<div id="sc_intxt_container">
<div>
<div id="sc_ava_companion" class="sc_intxt_hided">En este sentido, precisa el Tribunal que las cláusulas no solo han de ser comprensibles en el plano formal y gramatical, sino que deben «<b>permitir que el consumidor medio,</b> normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz,<b> esté en condiciones de comprender el </b><b>funcionamiento</b> concreto del modo de cálculo del referido tipo de interés» para poder valorar las consecuencias económicas de las mismas.</div>
</div>
</div>
<p>El Tribunal de Luxemburgo adopta esta decisión ante la <b>cuestión prejudicial planteada por el juez Francisco González de Audicana</b> sobre la validez de este índice, que ha mantenido <b>en vilo a consumidores</b> y entidades bancarias durante meses. Ya en septiembre, el <b>Abogado General Maciej Szpunar</b> se pronunció a favor de anular estas hipotecas cuando fueran abusivas.</p>
<p>En 2017, sin embargo, el Tribunal Supremo había avalado la legalidad de estas hipotecas con IRPH. El fallo dictaminado este martes por el TJUE ahora <b>obligará al Alto Tribunal a revisar todos los casos</b> uno por uno.</p>
<h2>¿Qué es el IRPH y por qué es tan polémico?</h2>
<p>El <b>Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios</b> es un índice oficial que elabora mensualmente el Banco de España. Es conocido por ser el tipo medio que <b>se aplica a los préstamos hipotecarios a más de tres años</b> para adquisición de vivienda libre concedidos por las entidades de crédito en nuestro país. Se trata de<b> la segunda referencia más utilizada, por detrás del euríbor</b>.</p>
<p>La <b>polémica por su uso</b> como índice principal se desencadenó entre 2013 y 2016, cuando se estabilizó en valores cercanos al 2%. En la práctica, esto <b>dejaba a los clientes con IRPH en una situación de desigualdad</b> respecto a los hipotecados con euríbor, cuyas cuotas se fueron reduciendo de forma considerable por la caída progresiva de su índice de referencia.</p>
<p>Los consumidores comenzaron a solicitar entonces al Banco de España la nulidad del IRPH por <b>considerarlo «abusivo» </b>y acabaron llevando su causa a la Justicia. Sin embargo, el <b>Supremo avaló el IRPH</b> en noviembre de 2017, al considerar que la mera referencia de una hipoteca a un índice oficial no implica falta de transparencia ni abuso alguno.</p>
<p>No obstante, <b>un juzgado barcelonés llevó la cuestión a Luxemburgo</b>. El pasado septiembre, <b>el Abogado General Szpunar ya se pronunció a favor</b> de que los jueces pudieran controlar si el IRPH es abusivo.</p>
<p>Descartaba que el mero hecho de ser un índice oficial diera garantías de transparencia y alertaba de que el cálculo del este índice es «<b>complejo y poco transparente para un consumidor medio</b>«, por lo que las entidades deberían dotar de información «suficiente» sobre el método seguido y mencionar la evolución del IRPH en el pasado.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><iframe title="¿Qué es el IRPH?" width="1120" height="630" src="https://www.youtube.com/embed/ButK-qfiFe8?feature=oembed&#038;enablejsapi=1&#038;origin=https://abogadosmunoz.com" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture" allowfullscreen></iframe></p>
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		<title>La sentencia de la Justicia europea sobre el IRPH, al caer</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Abogados Muñoz]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Jan 2020 10:59:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[Cláusulas abusivas]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Reproducimos un artículo publicado en el diario La Razón que hace referencia a la sentencia de la justicia europea sobre el IRPH que pronto conoceremos. Se espera que dicha sentencia abra la puerta de miles de reclamaciones hacia la Banca por la incorporación de cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios.  Artículo escrito por Javier de</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><em>Reproducimos un artículo publicado en el diario La Razón que hace referencia a la sentencia de la justicia europea sobre el IRPH que pronto conoceremos. Se espera que dicha sentencia abra la puerta de miles de reclamaciones hacia la Banca por la incorporación de cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios. </em></p>
<p><strong>Artículo escrito por Javier de Antonio en el <a href="https://www.larazon.es/economia/20200120/lu3gfbzwlffxpl6qaytg7aogw4.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">diario La Razón el 20/01/2020</a>. </strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Los bancos y los españoles con una hipoteca con <b>IRPH </b>(Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) esperan con expectación la próxima s<b>entencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la validez o no de algunas de sus cláusulas.</b> Los primeros temen que se confirmen todos los indicios, que apuntan a que este Tribunal volverá a sentenciar en su contra y declarará abusivas varias de las condiciones de los contratos ligados a este índice, lo que puede costar a las entidades financieras entre 3.000 millones de euros –según Morgan Stanley– y más de 44.000 millones –según cifras barajadas por Goldman Sachs– y poner en riesgo de nuevo los balances de sus cuentas a final de año. Los segundos porque tienen en juego miles de euros que podrían reclamar a su entidad financiera.</p>
<p>&nbsp;</p>
<article>
<div class="article__body-container">
<section>
<p class="font--primary body-components__text">El TJUE decidirá en los próximos meses –fuentes judiciales hablan de<b> una sentencia antes de marzo</b>– si ese índice, el segundo de referencia más usado en las hipotecas en España tras el euribor, queda exento o no de cualquier tipo de control de transparencia, como ya dijo el Tribunal Supremo en una sentencia de 2017. Si fuera así, los bancos estarían expuestos a miles de reclamaciones, cuyo importe podrían verse obligados a abonar con carácter retroactivo, incluso si las hipotecas ya hubieran vencido.</p>
<h2 class="font--primary body-components__header">Nueva amenaza</h2>
<p class="font--primary body-components__text">Tras los reveses judiciales sufridos con las hipotecas multidivisas, las cláusulas suelo, los intereses de demora abusivos o las cláusulas de vencimiento anticipado, <b>el frente judicial de las IRPH puede suponer un nuevo revés para la banca</b> y la Justicia española, ya que las instancias europeas pueden volver a fallar en contra de una sentencia del Supremo, cuando dictaminó que el IRPH, al que están referenciadas cientos de miles de hipotecas en España, no podía considerarse abusivo. Sin embargo, el pasado mes de septiembre, el Abogado General de la UE estimó en un informe –que no es vinculante pero que el Alto Tribunal suele tener en cuenta en más de un 80% de las ocasiones– que el IRPH puede ser considerado una cláusula abusiva en el ámbito de la directiva europea y que podían reclamarse todas las cantidades cobradas indebidamente por «su carácter potencialmente abusivo» y por «la falta de accesibilidad y claridad» de la fórmula que calcula este índice –en clara contraposición a lo dispuesto por el Tribunal Supremo español–.</p>
<p class="font--primary body-components__text">La sentencia de las instancias europeas no juzgará la legalidad de este índice, sino que determinará si las entidades financieras fueron claras y actuaron con transparencia cuando comercializaron estos productos hipotecarios. Por ello, las alegaciones presentadas por los bancos para defender la validez de este índice siempre han ido encaminadas a validar esa transparencia y lo han hecho con dos argumentos: que han contado siempre con el visto bueno del Banco de España y que les avala la sentencia del Supremo.</p>
<p class="font--primary body-components__text">Serían cerca de 1,5 millones las personas a las que afectaría la sentencia del TJUE y podrían reclamar la desaparición de este índice y la devolución de las cantidades pagadas irregularmente. Cinco entidades financieras acaparan la mayoría de hipotecas de este tipo: CaixaBank, Santander, Kutxabank, BBVA y Catalunya Caixa.</p>
</section>
</div>
</article>
<p>&nbsp;</p>
<div class="tags | width_full"></div>
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		<title>Ya se pueden reclamar las cláusulas abusivas aunque se haya pagado la hipoteca</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Abogados Muñoz]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Dec 2019 10:24:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Reproducimos un artículo publicado en el Diario La Razón que alude a la sentencia del Tribunal Supremo que determina que aunque haya concluido el contrato hipotecario, los afectados y afectadas por las cláusulas abusivas pueden reclamar, declarar nulo el contrato y recuperar las cantidades cobradas indebidamente.  Artículo escrito por Javier De Antonio y publicado en</p>
<p>La entrada <a href="https://abogadosmunoz.com/noticias/ya-se-pueden-reclamar-las-clausulas-abusivas-aunque-se-haya-pagado-la-hipoteca/">Ya se pueden reclamar las cláusulas abusivas aunque se haya pagado la hipoteca</a> se publicó primero en <a href="https://abogadosmunoz.com">Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><em>Reproducimos un artículo publicado en el Diario La Razón que alude a la sentencia del Tribunal Supremo que determina que aunque haya concluido el contrato hipotecario, los afectados y afectadas por las cláusulas abusivas pueden reclamar, declarar nulo el contrato y recuperar las cantidades cobradas indebidamente. </em></p>
<p><strong>Artículo escrito por Javier De Antonio y <a href="https://www.larazon.es/economia/20191219/yj4ntwcjnnfktml34yvhxozd3a.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">publicado en La Razón el 19/12/2019</a>. </strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p class="subheadline | font--primary subheadLine">El Tribunal Supremo sentencia que la extinción del contrato del préstamo hipotecario no priva de obtener la declaración de nulidad y reclamar el dinero correspondiente.</p>
<p><b>“La extinción de un préstamo no impide que el prestatario reclame el importe indebidamente cobrado por la cláusula suelo correspondiente</b>”, declarada ya abusiva en otras sentencias. Así de contundente se mostró el <b>Tribunal Supremo </b>en una resolución que abre la puerta a miles de demandas de hipotecados que hasta ahora no podían aspirar a recuperar este dinero. Así lo considera el alto tribunal tras dar validez al recurso extraordinario presentado por unos clientes de la Caja Rural de Extremadura y que había sido desestimado en instancias anteriores. En su resolución, se estima que “la extinción del contrato de préstamo hipotecario no priva a quienes fueron prestatarios de ejercitar la acción dirigida a obtener la declaración de nulidad de la cláusula suelo, por ser abusiva, y la restitución de lo indebidamente pagado en aplicación de dicha cláusula”.</p>
<p class="font--primary body-components__text">Los titulares del préstamo suscribieron en 2007 un crédito hipotecario de 90.000 euros a devolver en treinta años. En el contrato se incluía una cláusula suelo mínima del 4,5%, que los clientes pidieron a la entidad financiera que retirara después de que el Supremo declarara abusivas este tipo de cláusulas ya en 2013. Pero su solicitud fue desechada hasta ahora. La entidad que concedió el crédito negó la validez de la demanda presentada, y la Audiencia Provincial de Badajoz le dio la razón en primera instancia al estimar que el préstamo se había extinguido y que las condiciones del mismo fueron negociadas de mutuo acuerdo por ambas partes. Sin embargo, el Supremo ha considerado que no procede esta resolución porque <b>“no existe fundamento legal para afirmar que la consumación de un contrato impida el ejercicio de la acción de nulidad”</b>, y se remite al artículo del Código Civil que recoge que “el término inicial del ejercicio de la acción de nulidad para los casos de error, dolo o falsedad de la causa coincide con el momento de extinción de contrato”.</p>
<p class="font--primary body-components__text">Gracias a esta sentencia, que sienta jurisprudencia, cualquier afectado por cláusulas abusivas -ya sea suelo, multidivisa, IRPH&#8230;- pueden reclamar y recuperar el dinero pagado de más aunque hayan vendido la casa, la hayan perdido en una ejecución hipotecaria o hayan terminado su relación contractual con la entidad bancaria con la que suscribieron el préstamo.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Las hipotecas firmadas bajo el IRPH podrían alcanzar el 20%</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Abogados Muñoz]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 13 Nov 2019 09:45:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Reproducimos un artículo de La Tribuna de Ciudad Real que hace alusión al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) y su consideración como abusivo por parte de Maciej Szpunar, Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Al hilo de esta consideración, desde Abogados Muñoz éramos consultados por el diario y</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><em>Reproducimos un artículo de La Tribuna de Ciudad Real que hace alusión al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) y su consideración como abusivo por parte de Maciej Szpunar, Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Al hilo de esta consideración, desde Abogados Muñoz éramos consultados por el diario y añadíamos que el número de hipotecas firmadas bajo el IRPH podía llegar a alcanzar el 20%. </em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>Artículo escrito por C. de la Cruz y publicado en La Tribuna de Ciudad Real el 11/09/2019. </em></strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Maciej Szpunar considera que el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) puede ser abusivo, un tipo de interés utilizado por algunas entidades bancarias en la compra de viviendas por parte de particulares y que puede tener hasta dos puntos de diferencia sobre el principal índice de referencia, el euríbor.<br />
Este informe puede abrir la puerta en el futuro a realizar procedimientos individuales de reclamación que puede suponer, de media, la recuperación de más de 10.000 euros. La estimación la ofrece el abogado Antonio Muñoz, de la firma Abogados Muñoz, especializada en derecho bancario, que añade que el número de hipotecas firmadas bajo el IRPH puede llegar a alcanzar el 20%.<br />
Antonio Muñoz aclara que la decisión Szpunar, a falta de conocer en detalle el informe, de considerar abusivo el IRPH es porque «no se ha informado a los consumidores. Es como el tema de las cláusulas suelo, si llegas al banco y no te dan la posibilidad de comparar es una práctica abusiva por falta de transparencia».<br />
Aunque las conclusiones no son vinculantes de cara a la futura sentencia, Muñoz subraya que la mayoría de los casos los fallos mantienen la dirección marcadas por los abogados generales. El desenlace puede dilatarse entre 6 y 12 meses, en el mejor de los casos si no se recurre, pero buena señal de que este proceso puede acabar en buen puerto para el consumidor es que  «la Banca ya se está movilizando llamando a los clientes para firmar un documento y modificar la hipoteca al euríbor y no pagar».<br />
Desde la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), hasta el 10% de las firmas hipotecas en Castilla-La Mancha se han hecho con el IRPH como referencia, lo que equivaldría a 35.000-40.000 afectados en la región. Los bancos españoles han reconocido una exposición al IRPH de unos 17.500 millones de euros, aunque Goldman Sachs calcula que el impacto para la banca por todas las demandas oscilaría entre 7.000 millones y 44.000 millones. Asufin calcula que hay un millón de afectados con unos 25.000 de euros de pérdida media.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>¿Qué es el Índice  de Referencia de Préstamos Hipotecarios?</strong><br />
El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), creado por orden ministerial en 1994, se calculaba en base al préstamo entre entidades financiera; el Banco de España oficializaba el IRPH como el valor medio de este tipo de transacciones. Desde 2013 ya no se elabora en los intercambios financieros entre cajas y bancos, aunque sí se mantiene en el resto de entidades de crédito. No obstante, su uso en el ámbito de las hipotecas se comprende, de manera generalizada, en el periodo 1994-2013.<br />
«Todas las previsiones del euríbor indicaban que iba a bajar, pero el IRPH siempre estaba por encima y por eso se promocionaba», señala el abogado Antonio Muñoz. En su defensa, los bancos exponen que el IRPH no puede someterse a un control de transparencia o abuso porque está fijado legalmente y remiten a su carácter oficial por su publicación por parte del Banco de España.<br />
En todo caso, lo habitual es que los quince magistrados del TJUE, que tienen la última palabra, seguirán la línea de las conclusiones del Abogado General en una decisión sobre las hipotecas referenciadas en este índice.</p>
<p>La entrada <a href="https://abogadosmunoz.com/noticias/las-hipotecas-firmadas-bajo-el-irph-podrian-alcanzar-el-20/">Las hipotecas firmadas bajo el IRPH podrían alcanzar el 20%</a> se publicó primero en <a href="https://abogadosmunoz.com">Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</a>.</p>
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			</item>
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		<title>IRPH. Respuestas obligadas a esta cláusula abusiva</title>
		<link>https://abogadosmunoz.com/noticias/irph-respuestas-obligadas-a-esta-clausula-abusiva/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Abogados Muñoz]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 18 Oct 2019 11:31:46 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[préstamos hipotecarios]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Artículo de Antonio Muñoz En la provincia de Ciudad Real existen aproximadamente 12.000 hipotecas referenciadas al IRPH, aproximadamente un 20%de todos los préstamos hipotecarios formalizados en la provincia. Ante este escenario, desde el despacho Muñoz Abogados, nos vemos en la obligación de dar respuesta a todos los consumidores que han sido víctimas de este índice</p>
<p>La entrada <a href="https://abogadosmunoz.com/noticias/irph-respuestas-obligadas-a-esta-clausula-abusiva/">IRPH. Respuestas obligadas a esta cláusula abusiva</a> se publicó primero en <a href="https://abogadosmunoz.com">Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Artículo de Antonio Muñoz</p>
<p><strong>En la provincia de Ciudad Real existen aproximadamente 12.000 hipotecas referenciadas al IRPH</strong>, aproximadamente un 20%de todos los préstamos hipotecarios formalizados en la provincia.</p>
<p>Ante este escenario, <strong>desde el despacho Muñoz Abogados, nos vemos en la obligación de dar respuesta a todos los consumidores que han sido víctimas de este índice bancario</strong>, por una comercialización fraudulenta y engañosa por parte de la totalidad de entidades financieras, que imponían unilateralmente la aplicación de este índice en detrimento del Euribor, a sabiendas que es mucho más gravoso para los consumidores.</p>
<p>La primera pregunta que nos hacemos como consumidores es <strong>¿Cuánto dinero hemos pagado de mas como consecuencia del IRPH en comparación con el EURIBOR?</strong> Aproximadamente unos 18.000€ pagados de más en una hipoteca media de 150.000€ a 20 años.</p>
<p>La segunda, <strong>¿tengo IRPH en mi hipoteca?</strong>, si no sabes a ciencia cierta si tu hipoteca esta referenciada al IRPH, debes acudir al clausulado de la misma, en su cláusula 3ª bis se refleja el tipo de interés variable referenciado al IRPH, como “TIPO MEDIO DE LOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS A MAS DE TRES AÑOS”. Si es tu caso, eres un afectado por el IRPH.</p>
<p>¿Qué es el IRPH? Se trata de un índice alternativo al EURIBOR/MIBOR que se aplica a las hipotecas y se fabrica por las propias entidades financieras, de manera que son estas las que elaboran un indicador de costes hipotecarios, incluyendo todos los costes de la hipoteca -intereses, gastos y comisiones aplicados a las hipotecas por los propios bancos-, por lo que este índice siempre resulta superior al Euribor, por cuanto incluye gastos y comisiones que el Euribor no incorpora.</p>
<p>La tercera pregunta de obligada respuesta es <strong>¿Por qué el IRPH es abusivo?</strong> La respuesta nos la ofrecen varias instituciones europeas en sus recientes informes/conclusiones –La Comisión Europea y el Abogado general de Tribunal de Justicia de la Unión Europea- y varios magistrados del Tribunal Supremo en sus votos particulares: LA FALTA DE TRANSPARENCIA.</p>
<p>Al igual que con la Cláusula Suelo, en la comercialización de las hipotecas referenciadas al IRPH, los bancos no ofrecían ningún tipo de explicación de las consecuencias económicas de la aplicación de este índice, falta de transparencia o información suficiente que conlleva la abusividad de la cláusula IRPH.</p>
<p>&nbsp;</p>
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