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	<title>hipotecas multidivisa archivos - Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</title>
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	<description>Abogados Derecho Bancario en Ciudad Real</description>
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	<title>hipotecas multidivisa archivos - Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</title>
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		<title>El Supremo avala que se reclame una cláusula abusiva al banco aunque el préstamo haya vencido</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Abogados Muñoz]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Jan 2020 12:40:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[Alto Tribunal]]></category>
		<category><![CDATA[Audiencia Provincial de Badajoz]]></category>
		<category><![CDATA[cláusula abusiva]]></category>
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		<category><![CDATA[hipotecas multidivisa]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunal Supremo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Noticia publicada en La Crónica de Badajoz procedente de la Agencia EFE en la que se hace referencia al aval del Alto Tribunal a la reclamación de la cláusula suelo como cláusula bancaria abusiva a préstamo vencido. El Tribunal Supremo estima un recurso presentado por una persona titular de préstamo hipotecario contra el fallo emitido</p>
<p>La entrada <a href="https://abogadosmunoz.com/noticias/el-supremo-avala-que-se-reclame-una-clausula-abusiva-al-banco-aunque-el-prestamo-haya-vencido/">El Supremo avala que se reclame una cláusula abusiva al banco aunque el préstamo haya vencido</a> se publicó primero en <a href="https://abogadosmunoz.com">Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><em>Noticia publicada en La Crónica de Badajoz procedente de la Agencia EFE en la que se hace referencia al aval del Alto Tribunal a la reclamación de la cláusula suelo como cláusula bancaria abusiva a préstamo vencido. El Tribunal Supremo estima un recurso presentado por una persona titular de préstamo hipotecario contra el fallo emitido por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Badajoz. </em></p>
<p><strong>Noticia <a href="https://www.lacronicabadajoz.com/noticias/badajoz/supremo-avala-reclame-clausula-abusiva-banco-aunque-prestamo-haya-vencido_352195.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">publicada en La Crónica de Badajoz el 20/12/2019</a></strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El Tribunal Supremo ha avalado que la extinción de un préstamo no impide que el prestatario presente una demanda para que se le devuelva el importe indebidamente cobrado por cláusulas suelo abusivas. El Alto Tribunal estima así el recurso presentado por la titular de un préstamo hipotecario contra el fallo de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Badajoz.</p>
<p>Los titulares del préstamo suscribieron en 2007 un crédito hipotecario de 90.000 a devolver en treinta años, tras un periodo inicial de seis meses en el que solo se satisfarían intereses, con un interés anual del 4,564 hasta enero de 2008, que a partir de entonces se calcularía con el euríbor a un año más un 0,50 %.</p>
<p>El contrato incluía una cláusula suelo mínima del 4,5 %, que los clientes pidieron a la entidad financiera que retirara después de que el Tribunal Supremo se pronunciara en 2013 sobre dichas cláusulas abusivas, petición que fue ignorada.</p>
<p>El 4 de diciembre de 2015 los demandantes vendieron el inmueble, pero no fue hasta el 31 de diciembre de ese mes -18 meses después de solicitar la retirada de dicha cláusula- que la entidad financiera les comunicó que archivaba la reclamación.</p>
<p>Los demandantes procedieron entonces a reclamar las cantidades indebidamente pagadas por la aplicación de la cláusula abusiva, y tras pasar por primera instancia y por la Audiencia Provincial de Badajoz, el Supremo les ha dado la razón.</p>
<p>No hay fundamento legal, señala el fallo de la Sala de lo civil, adoptado en Pleno, para afirmar que la consumación de un contrato impida el ejercicio de la acción de nulidad.</p>
<p>Más aún, recuerda la sentencia, el Código Civil fija el momento de consumación del contrato como término inicial del plazo para ejercitar la acción de nulidad por error, dolo o falsedad de la causa, es decir, para reclamar.</p>
<p>Y lo mismo se puede aplicar en caso de que venza el préstamo, añade al Supremo.</p>
<p>Por todo ello, declara nula la sentencia del juzgado extremeño y le insta a dictar una nueva sentencia.</p>
<p>Desde la asociación de consumidores Asufin valoran el fallo del Supremo, que coincide con los postulados que defienden en los tribunales «desde hace mucho tiempo», señala su presidenta, Patricia Suárez.</p>
<p>Los afectados por cláusulas abusivas pueden reclamar y recuperar el dinero pagado de más por una cláusula suelo o una multidivisa, aunque hayan vendido la casa o la hayan perdido en una ejecución hipotecaria, destaca Patricia Suárez.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Ya se pueden reclamar las cláusulas abusivas aunque se haya pagado la hipoteca</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Abogados Muñoz]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Dec 2019 10:24:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[cláusula suelo]]></category>
		<category><![CDATA[cláusulas bancarias abusivas]]></category>
		<category><![CDATA[hipotecas]]></category>
		<category><![CDATA[hipotecas IRPH]]></category>
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		<category><![CDATA[préstamo hipotecario]]></category>
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		<category><![CDATA[reclamaciones a la banca]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunal Supremo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Reproducimos un artículo publicado en el Diario La Razón que alude a la sentencia del Tribunal Supremo que determina que aunque haya concluido el contrato hipotecario, los afectados y afectadas por las cláusulas abusivas pueden reclamar, declarar nulo el contrato y recuperar las cantidades cobradas indebidamente.  Artículo escrito por Javier De Antonio y publicado en</p>
<p>La entrada <a href="https://abogadosmunoz.com/noticias/ya-se-pueden-reclamar-las-clausulas-abusivas-aunque-se-haya-pagado-la-hipoteca/">Ya se pueden reclamar las cláusulas abusivas aunque se haya pagado la hipoteca</a> se publicó primero en <a href="https://abogadosmunoz.com">Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><em>Reproducimos un artículo publicado en el Diario La Razón que alude a la sentencia del Tribunal Supremo que determina que aunque haya concluido el contrato hipotecario, los afectados y afectadas por las cláusulas abusivas pueden reclamar, declarar nulo el contrato y recuperar las cantidades cobradas indebidamente. </em></p>
<p><strong>Artículo escrito por Javier De Antonio y <a href="https://www.larazon.es/economia/20191219/yj4ntwcjnnfktml34yvhxozd3a.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">publicado en La Razón el 19/12/2019</a>. </strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p class="subheadline | font--primary subheadLine">El Tribunal Supremo sentencia que la extinción del contrato del préstamo hipotecario no priva de obtener la declaración de nulidad y reclamar el dinero correspondiente.</p>
<p><b>“La extinción de un préstamo no impide que el prestatario reclame el importe indebidamente cobrado por la cláusula suelo correspondiente</b>”, declarada ya abusiva en otras sentencias. Así de contundente se mostró el <b>Tribunal Supremo </b>en una resolución que abre la puerta a miles de demandas de hipotecados que hasta ahora no podían aspirar a recuperar este dinero. Así lo considera el alto tribunal tras dar validez al recurso extraordinario presentado por unos clientes de la Caja Rural de Extremadura y que había sido desestimado en instancias anteriores. En su resolución, se estima que “la extinción del contrato de préstamo hipotecario no priva a quienes fueron prestatarios de ejercitar la acción dirigida a obtener la declaración de nulidad de la cláusula suelo, por ser abusiva, y la restitución de lo indebidamente pagado en aplicación de dicha cláusula”.</p>
<p class="font--primary body-components__text">Los titulares del préstamo suscribieron en 2007 un crédito hipotecario de 90.000 euros a devolver en treinta años. En el contrato se incluía una cláusula suelo mínima del 4,5%, que los clientes pidieron a la entidad financiera que retirara después de que el Supremo declarara abusivas este tipo de cláusulas ya en 2013. Pero su solicitud fue desechada hasta ahora. La entidad que concedió el crédito negó la validez de la demanda presentada, y la Audiencia Provincial de Badajoz le dio la razón en primera instancia al estimar que el préstamo se había extinguido y que las condiciones del mismo fueron negociadas de mutuo acuerdo por ambas partes. Sin embargo, el Supremo ha considerado que no procede esta resolución porque <b>“no existe fundamento legal para afirmar que la consumación de un contrato impida el ejercicio de la acción de nulidad”</b>, y se remite al artículo del Código Civil que recoge que “el término inicial del ejercicio de la acción de nulidad para los casos de error, dolo o falsedad de la causa coincide con el momento de extinción de contrato”.</p>
<p class="font--primary body-components__text">Gracias a esta sentencia, que sienta jurisprudencia, cualquier afectado por cláusulas abusivas -ya sea suelo, multidivisa, IRPH&#8230;- pueden reclamar y recuperar el dinero pagado de más aunque hayan vendido la casa, la hayan perdido en una ejecución hipotecaria o hayan terminado su relación contractual con la entidad bancaria con la que suscribieron el préstamo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La entrada <a href="https://abogadosmunoz.com/noticias/ya-se-pueden-reclamar-las-clausulas-abusivas-aunque-se-haya-pagado-la-hipoteca/">Ya se pueden reclamar las cláusulas abusivas aunque se haya pagado la hipoteca</a> se publicó primero en <a href="https://abogadosmunoz.com">Despacho de abogados en Ciudad Real - Munoz Abogados</a>.</p>
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